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    1. Satisfacer las necesidades de la población, con el aumento de las opciones para la práctica sistemática de actividades físico-deportivo-recreativas en las instituciones escolares y la comunidad, dirigido a la formación de valores y a la calidad de vida de la población. (Objetivos 41 y 93. Lineamientos 48, 116, 120, 128, 134, 135, 210 y 215)
    2. Incrementar las acciones para la formación deportiva de atletas-patriotas, aumentando la práctica masiva del deporte, garantizando sistematicidad y calidad de éstos servicios. (Objetivo 41. Lineamientos 116, 117, 118, 120, 124, 134 y 135.)
    3. Elevar la calidad de la formación y superación de docentes del deporte y la actividad física con la aplicación de la Ciencia y la Tecnología. (Objetivo 41. Lineamientos 116, 117, 118, 120, 124, 134 y 135.)
    4. Incrementar el rigor y exigencia con profesionalidad y sistematicidad en las acciones de control como mecanismo eficiente de observancia en la batalla permanente contra las ilegalidades, el delito, la corrupción y las conductas alejadas de la legislación e indicaciones del organismo. (Objetivos 16, 45 y 53. Lineamientos 6, 8, 134, 135, 271 y 274.)
    5. Asegurar con calidad y racionalidad los procesos de gestión y control de los recursos económicos financieros, humanos y materiales que garanticen el cumplimiento de los lineamientos generales y especiales en el Plan de la Economía. (Lineamientos 21, 51, 53, 69, 82, 84, 118, 134, 135, 143, 205, 207, 208 y 238.)
    6. Fortalecer con eficiencia el proceso de Planificación y Organización de las actividades, elevando la preparación de los Cuadros y Funcionarios del Sistema Deportivo, que les permitan defender los principios del Deporte Socialista Cubano, unido al cumplimiento de los Lineamientos Económicos y Sociales aprobados en el VII Congreso del Partido, así como una buena promoción de los valores del deporte y la calidad de los servicios que se prestan a la población. (Objetivos 66, del 73 al 83. Lineamientos 6, 63, 83, 134, 135, 137, 266, 269 y 270.)

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    La Dirección Municipal de deporte, Educación Física y recreación (INDER) se crea por la Ley 936 del 23 de febrero de 1961.

    El 21 de abril de 1994 el Comité ejecutivo del Consejo de Ministros mediante el decreto Ley 147, ratifica que el INDER es el organismo encargado de dirigir, ejecutar la aplicación de políticas del Estado y el Gobierno en cuanto a los correspondientes programas deportivos, de educación, cultura, y recreación física, asignándose las funciones comunes a todos los Organismos de la Administración Central del Estado y los recogidos por la Ley 936 que le sean particulares.

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